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Justificaciones

Justificaciones

Rendimiento Académico Negativo (Resumen Ord. nº 24/07-CS. y regulación de Ord. nº 5/07-CD.)

Rendimiento Académico Mínimo (RAM): se logra cuando el estudiante activo apruebe dos obligaciones curriculares en el año académico.

Año académico: es el período comprendido entre el 1 de abril y el 31 de marzo del año siguiente.

Rendimiento Académico Negativo (RAN): La solicitud de pedidos de justificación se presenta en Mesa de Entradas por mail a mesa_entradas@fce.uncu.edu.ar hasta el día 30 de abril siguiente a la fecha de conclusión del año académico en el que se haya producido el rendimiento negativo. Debe acompañar la documentación probatoria, que deberá reunir condiciones de calidad, coherencia y precisión, compatibles con las causas y fechas o períodos invocados en dicha justificación.

Global de conocimientos: Examen que se le toma al estudiante que se encuentra en las siguientes situaciones:

  • Acumula tres (3) RAN consecutivos.
  • Acumula cuatro (4) RAN alternados.

 

Justificación del Rendimiento Académico Negativo (RAN): 

  • Sólo podrá ser justificado cuando el estudiante invoque y acredite causas que hayan obstaculizado el normal desarrollo de su actividad académica.
  • También podrá pedirse justificación cuando la situación del mismo en el correspondiente año académico sea tal que le resulte imposible cumplir con las condiciones establecidas para obtener el rendimiento académico mínimo.
  • La solicitud de pedidos de justificación se presenta en Mesa de Entradas  por mail a mesa_entradas@fce.uncu.edu.ar  hasta el día 30 de abril siguiente a la fecha de conclusión del año académico en el que se haya producido el rendimiento negativo. Debe acompañar la documentación probatoria, que deberá reunir condiciones de calidad, coherencia y precisión, compatibles con las causas y fechas o períodos invocados en dicha justificación.
  • Si se justifica ese RAN no se computará a los efectos de la acumulación de los mismos y tampoco se computará ese año para el plazo de egreso.

 

Condiciones para eximir de la evaluación de conocimientos global:

El global de conocimientos no se aplicará cuando el estudiante haya aprobado la cantidad de obligaciones curriculares que se detallan a continuación:

- 28 obligaciones curriculares para Contador Público Nacional (Plan 98)
- 36 obligaciones curriculares para Contador Público (Plan 2019)
- 27 obligaciones curriculares para Licenciatura de Economía (Plan 98)
- 33 obligaciones curriculares para Licenciatura de Economía (Plan 2019)
- 29 obligaciones curriculares para Licenciatura en Administración (Plan 98)
- 36 obligaciones curriculares para Licenciatura en Administración (Plan 2019)
- 28 obligaciones curriculares para Licenciatura en Logística

Inasistencia a examen final: (Resumen Ord. nº 10/05-CD.)

 

Inscripción

Para rendir cada examen final los estudiantes deberán inscribirse a través de la página de SIU guaraní, en las fechas establecidas en la programación académica de grado.

 

Anulación de la inscripción

El estudiante inscripto que decida no presentarse a rendir el examen final, tendrá tiempo de anular su inscripción hasta el segundo día hábil anterior a la fecha del examen.

 

Sanciones y pedidos de justificación

a. La inasistencia al examen final implicará la pérdida de la oportunidad de rendirlo nuevamente en el turno de exámenes inmediato siguiente.

b. Si la inasistencia fue causada por fuerza mayor, dentro del plazo de 15 (quince) días corridos, el estudiante deberá pedir al Decano la justificación de la misma, por nota acompañada de la documentación que así lo demuestre, presentándola en Mesa de Entradas. La Secretaría de Bienestar emitirá el dictamen apoyando o rechazando la justificación solicitada.

 

Inasistencia a Mesa especial

Cuando el estudiante por cualquier causa no se presente a rendir en una mesa especial, automáticamente queda inhabilitado para rendir en similares condiciones en la mesa especial inmediata siguiente.

Si la inasistencia fue causada por fuerza mayor, el estudiante deberá pedir al Decano la justificación de la misma, por nota acompañada de la documentación que así lo demuestre, presentándola en Mesa de Entradas. La Secretaría de Bienestar emitirá el dictamen apoyando o rechazando la justificación solicitada

 

 

Documentación para justificar RAN