Saltar a contenido principal Saltar a navegación principal

Normas Académicas

imagen Normas Académicas

En esta página encontrará un listado con las distintas normas que regulan la actividad académica en nuestra Facultad. Se detalla en cada una de ellas a qué resolución se hace referencia.

Seleccione una normativa del listado que figura a continuación para leer su contenido.

Condición del Alumno y Rendimiento Académico

(Ord. nº 24/07-CS. y regulación de Ord. nº 3/21-CD)

 

Alumno universitario: Aquel que, habiendo cumplido oportunamente las condiciones de admisibilidad, se inscribe o reinscribe para cursar una carrera de grado

El estudiante universitario puede ser activo o pasivo. 

Alumno activo: Para ser considerado estudiante activo deberá reinscribirse cada año en la carrera respectiva.

Alumno pasivo: El estudiante que no se reinscriba será considerado estudiante pasivo; ello no le provocará la pérdida de la matrícula, pero le impedirá ejercer actividad académica durante el correspondiente ciclo lectivo  (no puede cursar ni rendir exámenes finales).

Rendimiento Académico Mínimo (RAM): se logra cuando el alumno activo apruebe dos obligaciones curriculares en el año académico.

Año académico: es el período comprendido entre el 1 de abril y el 31 de marzo del año siguiente.

Obligaciones curriculares: se consideran de valor equivalente los términos o expresiones "Obligaciones curriculares", "Asignaturas", "Espacios curriculares" y "Materias".

Rendimiento académico negativo (RAN): se produce cuando el alumno no ha logrado el rendimiento académico mínimo. Si esto sucede, la reinscripción tiene ese carácter y ese año deberá aprobar dos materias para no repetir el RAN.

La reinscripción del estudiante de rendimiento académico negativo será solicitada y tomada con ese carácter. El registro del Rendimiento Negativo se realizará cada año al finalizar las mesas de marzo para todos los estudiantes que no hubieren conseguido el RAM.

El estudiante deberá rendir una prueba global de conocimientos cuando:

  • Acumulan 3 RAN consecutivos o 4 RAN alternados; o
  • Acumulan aplazos; o
  • Demoran en egresar más del 2,5 de la duración teórica de la carrera

 

Excepciones a rendir prueba global

No se aplicará la prueba global de conocimiento si el estudiante cuenta con el 80% del plan de estudios, lo que se traduce en las siguientes cantidades de materias aprobadas:

a) Si se encuentra inscripto en la Licenciatura en Administración: 

  • Plan 1998 VEINTINUEVE (29); 
  • Plan 2019, TREINTA Y SEIS (36),

b) Si se encuentra inscripto en la Licenciatura en Economía:

  • Plan de estudios 1998, VEINTISIETE (27); 
  • Plan 2019, TREINTA Y TRES (33),

c) Si se encuentra inscripto en la carrera de Contador Público Nacional y Perito Partidor: en el Plan de estudios 1998: VEINTIOCHO (28),

d) Si se encuentra inscripto en la carrera Contador Público (Plan 2019), TREINTA Y SEIS (36),

e) Si se encuentra inscripto en la carrera Licenciatura en Logística (Plan 2016), VEINTIOCHO (28),

Acumulación de aplazos: un estudiante debe ser readmitido por prueba global de conocimientos si alcanza el siguiente nº de aplazos:

Licenciatura en Administración: 

  • en el Plan de Estudios 1998 VEINTITRÉS (23); 
  • en el Plan de Estudios 2019, VEINTIOCHO (28):

Licenciatura en Economía

  • en el Plan de estudios 1998, VEINTIUNO (21); 
  • en el Plan de Estudios 2019, VEINTISÉIS (26)

En Contador Público Nacional y Perito Partidor (Plan 1998): VEINTITRÉS (23)

En Contador Público (Plan 2019): VEINTIOCHO (28)

En Licenciatura en Logística: DIECINUEVE (19)

El estudiante readmitido por medio de la evaluación global de conocimientos en el marco de este artículo no podrá acumular más aplazos que superen la mitad más uno de las asignaturas que adeuda.

Plazos máximos para egresar: según la carrera el plazo máximo para egresar es el 2,5 de la duración teórica; si superan estos plazos pierden la matrícula:

a) Carrera de Contador Público Nacional y Perito Partidor: DOCE (12) años y SEIS (6) meses.

b) Contador Público (Plan 2019): DOCE (12) años y SEIS (6) meses.

c) Licenciatura en Administración 

  • Plan de Estudios 1998: DIEZ (10) años.
  • Plan de Estudios 2019: DOCE (12) años y SEIS (6) meses.

d) Licenciatura en Economía 

  • Plan 1998: DOCE (12) años y SEIS (6) meses.
  • Plan 2019: DOCE (12) años y SEIS (6) meses.

e) Licenciatura en logística: DIEZ (10) años

El estudiante readmitido por medio de la evaluación global de conocimientos en el marco de este artículo, no podrá demorar en egresar más de 2,5 la cantidad de años teóricos por cursar

Justificación del Rendimiento Académico Negativo (RAN):  requisitos, plazos y trámite

La falta de rendimiento académico mínimo sólo podrá ser justificada cuando el estudiante invoque y acredite causas que hayan obstaculizado el normal desarrollo de su actividad académica.

La falta de rendimiento académico mínimo también podrá ser justificada cuando la situación del alumno, en el correspondiente año académico sea tal que le resulte de imposible cumplimiento la condición establecida por el ARTÍCULO SEXTO para alcanzar el rendimiento académico mínimo.

Las solicitudes de justificación deberán ajustarse a lo establecido en el ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO y presentarse hasta el día 30 de abril siguiente a la fecha de conclusión del año académico en el que se haya producido el rendimiento negativo.

Cuando resulte justificado el rendimiento académico negativo, éste no se computará a los efectos de la acumulación

Para descargar la solicitud de RAN, hacé click aquí

 

Alumnos pasivos por tres o más años. Examen global de reincorporación

El estudiante pasivo que presente la solicitud de reinscripción habiendo transcurrido TRES (3) o más años consecutivos de inactividad académica, sea cual fuera la causa de tal inactividad, deberá ajustarse al plan de estudios de la carrera vigente en el momento de la reinscripción y aprobar la evaluación global de conocimientos.

El estudiante readmitido por medio de la evaluación global de conocimientos en el marco de este artículo, no podrá, permanecer nuevamente pasivo por 3 o más años.

Evaluación Global de Conocimientos:

La evaluación global de conocimientos referida en el artículo anterior se podrá rendir UNA (1) sola vez por año. 

Tendrá por objetivo comprobar el grado de sustentación de los conocimientos y su actualización, considerados indispensables para el normal desempeño del estudiante en sus estudios. Para la evaluación se tendrá en cuenta las condiciones particulares del estudiante. SAPOE solicitará un plan de labor y compromiso del estudiante.

La evaluación la realizará una comisión ad-hoc conformada por un miembro del SAPOE, el Director de la Carrera a la que se reinscribe o en caso de imposibilidad de su presencia, será reemplazo por otro de directores de carrera y un miembro de Secretaría Académica. Se podrá recomendar la presencia de un profesor de la carrera a la que se reinscribe, aunque no será requisito imprescindible

La evaluación se llevará a cabo en el momento que la Comisión considere pertinente estableciendo que todas las efectuadas desde julio hasta diciembre se materializarán a partir del 1er Cuatrimestre y las que tengan lugar desde febrero a junio se reinscribirán en el 2do. Cuatrimestre

El reinscripto que aprobó el examen global, deberá ajustarse a las condiciones de alumno activo.

 

Régimen Académico de la Facultad

(Ord. n° 18/03-CD., modif. Ord. nº 7/06-CD)

Cada cátedra establecerá las exigencias para alcanzar la regularidad en la materia y el modo de aprobación de la misma, sea por promoción directa o con evaluación final; esta información está en los programas respectivos. También fijará los horarios de consultas, que estarán publicados en la puerta de las respectivas oficinas. En dichos horarios se atenderán también consultas y dudas referidas a los exámenes rendidos.

1. Situación del alumno al finalizar el cursado de cada materia

Al finalizar el cursado de una obligación curricular el alumno puede quedar en condición de:

Promovido: si cursó la obligación curricular y aprobó las instancias de evaluación de proceso con calificaciones que la cátedra dispuso –en el programa- para aprobarla directamente. Sólo algunas obligaciones curriculares prevén el caso de alumno "promovido".

Regular:  quien cursó la obligación curricular, aprobó las instancias de evaluación de proceso pero debe rendir la evaluación final para aprobarla. Estos alumnos podrán rendir hasta en seis oportunidades durante los catorce turnos de exámenes inmediatos siguientes al cursado.

Examen integrador: cuando el alumno no alcance la regularidad durante el cursado, podrá lograrla si aprueba un examen de la totalidad de los contenidos evaluados en el curso de la asignatura. Se rinde en el 1er. Turno de examen final; para ello deberá inscribirse hasta el segundo día hábil antes de la fecha del examen.

El alumno que acceda a la regularidad por este mecanismo, podrá rendir en seis oportunidades, durante los trece turnos de exámenes inmediatos siguientes.

Libre: quien no alcanzó las condiciones de regularidad ni aprobó el examen integrador. Estos alumnos y los que no se inscribieron para cursar una obligación curricular, pueden rendir en calidad de libre durante los segundos turnos de cualquiera de las tres épocas de exámenes finales, siempre que tengan aprobadas las correlativas previas. Tendrán como exigencia adicional la realización de una instancia habilitante previa, oral o escrita, la que podrá ser sustituida por trabajos, que a criterio de la cátedra, equivalgan a lo que debería haber realizado para obtener la regularidad. No superar alguna instancia implica la no aprobación de la obligación curricular.

En carácter de libre podrán rendir un máximo de diez exámenes.

2. Avance en la carrera

El sistema de avance en la carrera es por correlatividades y por la cantidad de materias aprobadas según el plan de estudios. El cursado de cualquier obligación curricular exige la aprobación de otras materias previas, definidas por el plan de estudios, a fin de lograr aprendizajes integradores y lógicamente secuenciados.

Promociones:  se realizan en abril y septiembre de cada año (Ord. n° 19/03-CD), según el siguiente detalle:

  • Para ser promovido a segundo año de Administración, Contador o Economía debe tener aprobadas cuatro obligaciones curriculares, en Logística debe tener aprobadas 5 materias
  • Para ser promovido a tercer año de Administración, 13; de Contador, 12; y de Economía 10 obligaciones curriculares, en Logística debe tener aprobadas 13 materias
  • Para ser promovido a cuarto año de Administración, 22; de Contador, 19; y de Economía 18 obligaciones curriculares, en Logística debe tener aprobadas 23 materias
  • Para ser promovido a quinto año de Contador o Economía, debe tener aprobadas 26 obligaciones curriculares.

En los planes de estudios 2019 la promoción está vinculada al avance en la carrera de acuerdo a la cantidad de materias aprobadas:

  • Para ser estudiante de segundo año es necesario tener 4 materias aprobadas de 1er año
  • Para ser estudiante de tercer año es necesario tener aprobado todo 1er año y 4 materias aprobadas de 2do año
  • Para ser estudiante de cuarto año es necesario tener aprobado todo hasta 2do año y 4 materias aprobadas de 3er año
  • Para ser estudiante de quinto año es necesario tener aprobado todo hasta 3er año y 4 materias aprobadas de 4to año

3. Sanciones

La sustitución de identidad en los controles de asistencia o en exámenes, la copia o consulta de apuntes o textos, el intercambio de información en las evaluaciones y exámenes o cualquier otra maniobra dolosa, tendiente a engañar al profesor o a la Facultad respecto a la asistencia o el grado de capacitación del alumno, será penada con calificación de cero en el examen. En caso que sea un examen parcial quedará eliminada su inscripción en la materia; si es un examen final no podrá rendir esa obligación curricular en los dos turnos siguientes. Además, el Consejo Directivo podrá sancionarlo disciplinariamente en relación con la gravedad y reincidencia de la falta.

4. Inscripciones

Para las inscripciones tanto para cursar como para rendir es necesario hacerlo por SIU Guaraní.

Cada estudiante, para ser considerado alumno activo y tener derecho a rendir exámenes finales, debe registrar su inscripción anual en las fechas establecidas a principio de año, aunque no curse regularmente.

El alumno para tener derecho a rendir la evaluación final de cada obligación curricular, debe registrar la inscripción correspondiente, en las fechas o plazos que a ese efecto se programen, consignando la condición de su examen "regular", "libre" o "integrador".

También se podrán anotar, a pedido de la cátedra, para rendir instancias de evaluación durante el cursado de la misma, siendo esta inscripción orientadora para la cantidad de material a preparar y las aulas a reservar.

 

Evaluación de aprendizajes, normas de la UNCuyo y pautas de la Facultad

Ord. nº 10/05-CD - FCE y Ord 108/10 - CS - UNCUYO

1. Programación de las evaluaciones

La Programación Académica de Grado anualmente establecerá, para cada obligación curricular, las fechas de las evaluaciones que se tomarán durante el cursado y las de los exámenes finales correspondientes a las épocas y turnos de junio-agosto, noviembre-diciembre y febrero-marzo.

2. Pautas generales

a. Los exámenes escritos pertenecen a los alumnos, por eso cada alumno tiene derecho a retirarlo –bajo firma- una vez publicada la calificación. La planilla, que consignará nombre, número de registro, fecha de entrega del examen en cuestión, firma y aclaración del alumno, se conservará en la cátedra. La entrega del examen implica que el alumno desiste de cualquier reclamo ulterior sobre la calificación obtenida.

b. Las características de los exámenes serán acordes con la tipificación de la obligación curricular. Cada materia las enunciará claramente en su Programa anual, el cual es aprobado por el Consejo Directivo.

c. Cada examen, escrito u oral, tendrá una duración adecuada que respete la curva de atención del alumno para que resulte eficaz en su objetivo de evaluar el aprendizaje comprensivo y funcional de la materia.

d. Cada evaluación, escrita u oral, deberá explicitar los requisitos mínimos para su aprobación y las puntuaciones que corresponden a cada ítem o pregunta.

e. Las cátedras pueden acudir a múltiples tipos de planteos y ejercicios, siempre que guarden estricta coherencia con los análisis y tipos de trabajos ya realizados en los periodos de enseñanza.

f. Los planteos deben exigir razonamiento y producción del alumno, evitando la mera repetición memorística.

g. Las consignas deberán estar expresadas con la mayor claridad para que no generen dudas o interpretaciones equívocas.

h. Las obligaciones curriculares que por su relación numérica docentes-alumnos justifiquen la necesidad de utilizar exclusivamente pruebas objetivas, podrán calificar con puntaje negativo sólo hasta un 10% del total de puntos del examen, siempre que sean compensables con el puntaje de las demás partes del mismo.

i. Estará a cargo de los integrantes de la cátedra atender al alumno titular de un examen rendido, dar las explicaciones sobre su corrección, revisar o reconsiderar la calificación cuando exista un margen de duda y, cuando corresponda, modificarla si se trata de evaluaciones durante el cursado, y solicitar la rectificación correspondiente cuando se trate de exámenes finales.

j. Las tareas señaladas en el ítem anterior se realizarán dentro de los horarios fijados para la atención de alumnos o en los especiales determinados por el docente a ese efecto.

k. Será responsabilidad de cada cátedra conservar por el término de un año contado a partir del inicio del cursado, toda la documentación referente a ese cursado: listas definitivas, notas de las evaluaciones tomadas, planillas de asistencia a los exámenes, exámenes no devueltos. La copia de las Actas de exámenes finales deberán retenerlas por un año desde la fecha de los respectivos exámenes

 

3. Examen oral

a. El alumno deberá estar presente en el lugar en que se constituya la mesa examinadora en el momento que es llamado por el cuerpo docente de la materia, en el orden consignado en la lista definitiva. Al final de cada sesión se llamará nuevamente a los que no se presentaron en el primer llamado. Quien no se presente entonces será considerado ausente.

b. En caso de mesas examinadoras con muchos inscriptos, cuya evaluación demandase varias sesiones, los docentes de la misma dispondrán la distribución de los alumnos en los días y horarios que serán las sesiones, y lo comunicarán al comienzo de la sesión del primer día.

c. La comunicación de los resultados se podrá anunciar a los alumnos cuando finalice la mesa si son pocos los evaluados, o al finalizar cada sesión.

4. Examen escrito

 

a. Para rendir examen los alumnos serán llamados por el cuerpo docente, en el orden consignado en la lista definitiva.

b. En cada aula serán asignados por lo menos dos docentes a efectos de organizar el ingreso de los alumnos, realizar un adecuado control del desarrollo del examen y la recepción de los exámenes rendidos. Cuando la cátedra y la Dirección de Carrera, no pueda reunir personal docente suficiente, deberá requerir apoyo a la Dirección de Recursos Humanos.

c. Antes de iniciar el examen el docente aclarará cualquier aspecto que considere necesario y pedirá que cada alumno verifique la cantidad de páginas que lo integran. La realización de este control, anulará cualquier reclamo ulterior sobre este punto.

d. El docente a cargo anotará en el pizarrón la hora de inicio y de finalización del examen.

e. Cada alumno deberá firmar la planilla de asistencia donde deberá indicar su número de registro y nombre y apellido.

f. El total de alumnos "presentes", deberá coincidir con el total de firmas registradas en la planilla de asistencia.

g. Una vez recibidos todos los exámenes, se procederá al recuento de los mismos para verificar si el número coincide con el de alumnos presentes.

h. En caso de faltar algún examen deberá detectarse, de inmediato y en el lugar, a quién corresponde el examen faltante, cotejando para ello la planilla de firmas con los exámenes recibidos. Individualizado el alumno de quien falta el examen, deberá confeccionarse un acta suscripta por los docentes, dejando constancia de esta situación. 

Será responsabilidad de la cátedra la falta de algún examen no denunciada en la forma indicada. El acta será entregada en clases y exámenes y elevada a Secretaría Académica, cuando se trate de un examen final. En caso de evaluaciones parciales quedará la constancia en la cátedra que, eventualmente, la presentará a Secretaría Académica si fuese necesario.

5. Calificación

a. Una vez evaluado el examen se consignarán los puntos o porcentajes obtenidos por el alumno en cada respuesta y el puntaje o porcentaje total alcanzado y la calificación que le corresponde.

b. Todas las evaluaciones, tanto de proceso como de promoción, se aprueban con un mínimo del 60 % del puntaje total "ese porcentaje mínimo se traducirá en la escala numérica a un seis" (Ord. nº108/10-CS del 30 de diciembre de 2010)

Las categorías establecidas refieren a valores numéricos que van de 0 (cero) a 10 (diez) fijándose las siguientes correspondencias:

(0) cero para puntaje de 0% - No aprobado

(1) uno para puntaje de 1% a 12% - No aprobado

(2) dos para puntaje de 13% a 24% - No aprobado

(3) tres para puntaje de 25%a 35% - No aprobado

(4) cuatro para puntaje 36% a 47% - No aprobado

(5) cinco para puntaje 48% a 59% - No aprobado

(6) seis para puntaje de 60% a 64% - Aprobado

(7) siete para puntaje de 65% a 74% - Aprobado

(8) ocho para puntaje 75% a 84% - Aprobado

(9) nueve para puntaje 85% a 94% - Aprobado

(10) diez para puntaje de 95% a 100% - Aprobado

La adopción de la escala requerirá por parte de los docentes la discusión, análisis y acuerdo sobre los saberes mínimos exigidos para la aprobación de la obligación curricular y la ponderación de los mismos según el grado de importancia establecido.

Esta tabla es de aplicación para toda evaluación durante el cursado y para la calificación final en la asignatura.

6. Categorías de exámenes

a. Examen del alumno regular: es el que rinde el alumno que cumplió todas las exigencias establecidas por la cátedra para alcanzar esta condición al concluir el cursado, o que aprobó el examen integrador fijado por el Régimen Académico en punto 12 (Ord. 18/03 CD).

b. Examen libre: es el que rinde el alumno que no alcanzó la regularidad o que no se inscribió para cursar la obligación curricular.

7. Modalidad del examen final

La evaluación final podrá ser escrita u oral. La modalidad de examen que se adopte, tanto de regulares como de libres, deberá enunciarse en el Programa de la obligación curricular. La cátedra que en su Programa anuncie que podrá usar cualquiera de ambas alternativas, deberá publicar la que adoptará al menos 48 horas hábiles antes de la realización del examen.

8. Constitución de las mesas examinadoras

a. Todos los docentes tienen la obligación de integrar las mesas examinadoras. La obligación de tomar exámenes no puede excusarse por el desempeño de actividades en la función pública o privada.

b. La inasistencia a la toma de exámenes es falta pasible de ser sancionada y deberá ser informada a las comisiones evaluadoras que anualmente ponderan el desempeño docente.

c. Asimismo deberán integrar las mesas examinadoras de otras obligaciones curriculares en las que mediante notificación formal se requiera eventualmente su colaboración.

d. Las mesas examinadoras de exámenes orales serán presididas por el profesor a cuyo cargo se encuentre la cátedra. Estarán constituidas por un mínimo de dos docentes.

e. El Director de la Carrera podrá autorizar la integración de mesas examinadoras de exámenes orales con jefes de trabajos prácticos de la cátedra cuando no haya más de un profesor en la cátedra.

f. Cuando el número de alumnos lo justifique, el director de la carrera podrá autorizar la constitución de mesas paralelas, tantas como sean necesarias, siempre que puedan ser presididas por un profesor de la cátedra. En estos casos los jefes de trabajos prácticos y demás auxiliares de docencia podrán ser citados a colaborar en la toma de los exámenes.

g. La integración de las mesas examinadoras de exámenes orales será publicada con suficiente anticipación para posibilitar la adecuada notificación de los miembros que no pertenezcan a la cátedra, el conocimiento de los alumnos y, en su caso, el ejercicio de los derechos reconocidos de excusación y recusación.

9. Excusación y recusación

a. Los integrantes de las Mesas Examinadoras deberán excusarse en caso de parentesco con el alumno hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo por afinidad; asimismo por amistad o enemistad manifiesta con el examinado. Podrán hacerlo también por cualquier motivo justificado y deberá ser autorizado por el Director de la Carrera.

b. Los alumnos inscriptos para rendir podrán recusar a docentes de la mesa examinadora hasta siete días hábiles previos al examen. Deberán invocar causa justificada. La recusación será resuelta por el Decano previo informe del recusado y del Director de la Carrera.

10. Inscripción

Para rendir cada examen final los alumnos deberán inscribirse por SIU Guaraní, en las fechas establecidas en la Programación Académica de Grado.

12. Anulación de la inscripción

El alumno inscripto que decida no presentarse a rendir el examen final, deberá anular su inscripción por SIU Guaraní hasta el segundo día hábil anterior a la fecha del examen.

12. Sanciones y pedidos de justificación

a. La inasistencia al examen final implicará la pérdida de la oportunidad de rendirlo nuevamente en el turno de exámenes inmediato siguiente.

b. Si la inasistencia fue causada por fuerza mayor, dentro del plazo de 15 (quince) días corridos, el alumno deberá pedir al Decano la justificación de la misma, por nota acompañada de la documentación que así lo demuestre. La Secretaría de Asuntos Estudiantiles emitirá el dictamen apoyando o rechazando la justificación solicitada.

13. Listas para la toma de exámenes

Para la toma de los exámenes de la primera fecha luego del cursado se utilizarán, únicamente y en forma obligatoria, las "listas definitivas" emitidas por la Dirección de Informática y conformadas por la Dirección de Alumnos. Para los exámenes subsiguientes, la Dirección de Informática emitirá nuevos listados depurados, que se pondrán a disposición de las cátedras por vía de la Dirección de cada Carrera o de Departamento.

14. Comunicación de notas

La cátedra deberá consignar los resultados de la evaluación final de la obligación curricular y las condiciones al final del cursado en las actas respectivas por medio de SIU Guaraní.

Los resultados de los exámenes rendidos, se publicarán en un plazo máximo de siete días corridos a partir del día de su realización.

El alumno tendrá un plazo de tres días hábiles para solicitar la revisión de ese examen o rectificación si hubiese detectado algún error en el listado publicado. Cumplido ese plazo y con las modificaciones que hubiera realizado la cátedra, Clases y Exámenes enviará, de inmediato, el original a la Dirección de Informática para su procesamiento y archivará otra fotocopia.

La cátedra deberá comunicar la carga de las calificaciones de cada evaluación final por medio de SIU Guaraní.

Descargar información sobre Instrumentos de Evaluación en PDF

 

Mesas Especiales

(Ord. n° 8/06-CD)

Los alumnos podrán rendir asignaturas, en condición de alumno regular o libre en abril y en septiembre de cada año siempre que:

a. Adeuden hasta ocho obligaciones curriculares y se encuentren inscriptos y cursando su respectivo plan de estudios podrán rendir una sola asignatura en estas mesas.

Nota: la novedad es que el Consejo Directivo ha aprobado que entre las 8 obligaciones curriculares que tiene que adeudar como máximo, no se cuenta ni el Trabajo de Investigación ni las Prácticas de Trabajo (estas últimas, en LA)

b. Habiendo registrado su inscripción en el ciclo lectivo pertinente, no estén cursando ninguna asignatura en el cuatrimestre en el que está ubicada la mesa especial que pretende usar.

Aquellos estudiantes que no cuenten con el requisito de la promoción para poder cursar en el 1° C, por falta de una única materia, podrán hacer uso de la mesa especial de abril 2023 para rendir una única materia (en condición de regular o libre), que les permita alcanzar por medio de dicha mesa especial, la promoción en cuestión. 

Ejemplo: tener todo 1er año aprobado, tener 4 materias de 2do año, etc.

Para hacer uso de alguna mesa especial, el alumno deberá registrar una inscripción especial en Clases y Exámenes, durante los tres primeros días de clase de cada cuatrimestre.

El alumno inscripto para rendir en mesa especial podrá anular dicha inscripción hasta el segundo día hábil anterior al examen, a las 9 de la mañana.

Cuando el alumno por cualquier causa no se presente a rendir en una mesa especial, automáticamente queda inhabilitado para rendir en similares condiciones en la mesa especial inmediata siguiente.

Período de exámenes: dentro de los diez primeros días corridos de los meses de abril y septiembre. La fecha precisa las definirán los responsables de las cátedras respectivas, de manera de interferir lo menos posible en el desarrollo normal de las actividades académicas de los cuatrimestres en las cuales se ubican.

 

Pases de Sede (entre Delegación San Rafael y Sede Central)

(Resol. n° 94/91-CD y modificatorias)

Las solicitudes deberán ser presentadas con una antelación, como mínimo, de quince días, a la fecha de inicio de cada período cuatrimestral.

Si las razones que fundamenten el pedido son de carácter laboral, personal o familiar, deberán estar debidamente acreditadas por certificado de trabajo y último recibo de sueldo, certificado de residencia u otra probanza fehaciente, según se trate.

En los casos de obligaciones curriculares que no se dicten en la Delegación, los alumnos de ésta podrán optar por pedir pase a Sede Central o solamente solicitar inscripción en Sede Central para cursar esas obligaciones curriculares.

El pase será otorgado por un lapso no menor de dos períodos cuatrimestrales completos.

 

Tutorías

(Res. n° 224/03-CD.)

En nuestra Facultad se ha establecido un Programa de Acción Tutorial, que ofrece a los estudiantes – en forma individual o grupal - una atención especializada, sistemática e integral, a través de docentes, que a tal fin se hayan postulado voluntariamente y/o les haya sido asignada esta función por el Director de Carrera pertinente.

Tiene como propósito reforzar el proceso de enseñanza-aprendizaje; orientar y asesorar en la definición de su plan de estudios y en todas aquellas actividades que complementen su desarrollo académico.

Se entenderá por tutoría la actividad cotidiana, asistemática, temporal y no necesariamente estructurada, que ofrece la Facultad, a través de los docentes y se brinda por petición formal o informal del estudiante, cuando éste requiere de apoyo en cuestiones únicamente de corte académico.

Este programa ofrecerá orientación respecto a los servicios de: servicio médico, asistencia psicológica, apoyo psicopedagógico, sistemas de becas, bolsa de trabajo, extensión universitaria, cursos y talleres presenciales o a distancia, talleres de aprendizaje autónomo y hábitos de estudio, asesoría académica, enseñanza de idiomas y computación, y todos aquellos servicios que el programa de tutorías demande para su adecuado desarrollo y que estén al alcance de la Facultad.

El Programa de Acción Tutorial es organizado, supervisado y coordinado, en forma general, por la Secretaría Académica a través del SAPOE (Coordinación de Tutorías).

 

 

 

Abanderados y Egresados distinguidos

Abanderados:

Para la designación de abanderados y escoltas se considerarán las situaciones de los alumnos de las carreras de grado de la Facultad que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser argentino.

b) Encontrarse promovido regularmente al último año de la carrera, de conformidad con lo que establece la Ord. Nº 5/01-C.D. Promoción regular implica el desarrollo de la carrera en la cantidad de cuatrimestres programados curricularmente para ella, o en una cantidad menor.

c) Acreditar un promedio general no inferior a OCHO (8) puntos, computando las calificaciones de la totalidad de los exámenes rendidos para la aprobación de las obligaciones curriculares del respectivo plan de estudios.

d) No haber sido sancionado durante la carrera.

 

A los efectos de la selección, se tienen en cuenta los resultados de los exámenes correspondientes a las mesas de marzo de cada año (para la Delegación San Rafael) y las mesas de septiembre de cada año (para Sede Central y resto de las ubicaciones)

El alumno que haya sido abanderado o escolta no podrá recibir igual distinción en una nueva selección si no media entre una y otra una diferencia de TRES (3) materias como mínimo

 

Distinciones honoríficas

a) “DISTINCIÓN HONORÍFICA” Al egresado/a con más alto promedio de calificaciones de cada una de las carreras que se dicten en la Facultad.

Se tienen en cuenta todas las obligaciones curriculares

El promedio debe ser mayor a 8,50

Duración de la carrera no superior al 50% de la duración teórica

Se consideran egresados entre el 01/10 de un año y el 30/09 del año siguiente

 

b) “MENCIÓN ESPECIAL” Al egresado/a de cada una de las carreras que se dicten en la Facultad, que realicen los estudios con mayor regularidad

Se tienen en cuenta todas las obligaciones curriculares

El promedio debe ser mayor a 8,00

Se consideran egresados entre el 01/10 de un año y el 30/09 del año siguiente

Duración de la carrera en igual o menor número de años de los que establece el plan de estudios.

 

Egresados distinguidos:

La condición de egresado distinguido requiere haber logrado un promedio de notas no inferior a OCHO (8,00), incluidos los aplazos