Ajuste por Inflación Impositivo, Contable y Método del Impuesto Diferido | 3ra Edición
A partir de los cierres de diciembre de 2018 es obligatoria la realización del ajuste por inflación contable de la RT 6 y Resolución 539-18. Para los cierres al 30/4/2019 y posiblemente los posteriores (depende del IPC Nacional) es obligatorio el ajuste por inflación impositivo. Adicionalmente, la empresa debe considerar si ha aplicado o aplicará el revalúo impositivo y lo que establece la LIG respecto de las altas posteriores al 1/1/2018.

Estos juegos normativos generan la necesidad de definir estrategias por parte de la empresa, de aprender a realizar el ajuste por inflación contable y el impositivo y a revisar el posible revalúo fiscal. El valor contable de los activos y pasivos, versus el valor impositivo (en el marco de la RT 17 o NIC 12) para los mismos elementos mostrará diferencias numéricas que generarán el reconocimiento de los activos y pasivos por impuesto diferido, en el marco de ese método.